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ORDEN IIU/449/2018, de 23 de febrero, por la que se publica el Acuerdo de 20 de febrero de 2018, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la supresión de los siguientes títulos de Máster Universitario: Máster Universitario en Investigación en Ciencias Agrarias y Ambientales por la Universidad de Zaragoza, Máster Universitario en Investigación Química por la Universidad de Zaragoza, y Máster Universitario en Creación de Empresas Audiovisuales y Convergencia Digital por la Universidad de Lleida y por la Universidad de Zaragoza, a partir del curso académico 2017-2018.

Publicado el 16/03/2018 (Nº 54)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDAD

Texto completo:

Con fecha 20 de febrero de 2018, el Gobierno de Aragón adoptó el Acuerdo por el que se autoriza la supresión de los siguientes títulos de Máster Universitario: Máster Universitario en Investigación en Ciencias Agrarias y Ambientales por la Universidad de Zaragoza, Máster Universitario en Investigación Química por la Universidad de Zaragoza, y Máster Universitario en Creación de Empresas Audiovisuales y Convergencia Digital por la Universidad de Lleida y por la Universidad de Zaragoza, a partir del curso académico 2017-2018.

De conformidad con el apartado segundo del citado Acuerdo, éste debe ser publicado en el "Boletín Oficial de Aragón".

En su virtud, resuelvo:

Ordenar la publicación del referido Acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón", cuyo texto figura como anexo.

Zaragoza, 23 de febrero de 2018.

La Consejera de Innovación, Investigación y Universidad, PILAR ALEGRÍA CONTINENTE

Acuerdo de 20 de febrero de 2018, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la supresión de los siguientes títulos de Máster Universitario: Máster Universitario en Investigación en Ciencias Agrarias y Ambientales por la Universidad de Zaragoza, Máster Universitario en Investigación Química por la Universidad de Zaragoza, y Máster Universitario en Creación de Empresas Audiovisuales y Convergencia Digital por la Universidad de Lleida y por la Universidad de Zaragoza, a partir del curso académico 2017-2018.

La Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Aragón, tiene atribuida la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación; la promoción y apoyo al estudio; la formación y el perfeccionamiento del personal docente; la garantía de calidad del sistema educativo, y la ordenación, coordinación y descentralización del sistema universitario de Aragón con respeto al principio de autonomía universitaria.

Mediante el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, se modificó la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se han asignado competencias a los Departamentos. El artículo décimo del citado decreto creó el Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, atribuyéndole las competencias en materia de investigación, innovación, nuevas tecnologías, administración electrónica y universidad. Al amparo de dicho Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón y del Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se dictó el Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades establece, en su artículo 37, la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales en tres ciclos: Grado, Máster y Doctorado. En relación con ello, su artículo 35 dispone que para impartir estas enseñanzas oficiales y expedir sus correspondientes títulos oficiales, con validez en todo el territorio nacional, las universidades deben poseer la autorización pertinente de la

Comunidad Autónoma, según lo dispuesto en su legislación, y obtener la verificación del Consejo de Universidades de que el oportuno plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno.

En desarrollo de lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre y de las líneas generales procedentes del Espacio Europeo de Educación Superior, se aprueba el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Su artículo 3.3 dispone que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35.2 de la citada Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, las enseñanzas universitarias oficiales se concretarán en planes de estudios que serán elaborados por las universidades, verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por la correspondiente Comunidad Autónoma. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de dicho Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, tras la citada autorización y verificación, el Consejo de Ministros establecerá el carácter oficial del título y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

Por otro lado, la Orden IIU/969/2017, de 23 de junio, por la que se regula el procedimiento de implantación, seguimiento, modificación, renovación de la acreditación y supresión de enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón, determina los procedimientos, la documentación y los requisitos exigibles para la autorización de implantación, modificación, supresión y renovación de la acreditación de enseñanzas universitarias oficiales de Grado, Máster y Doctorado.

Mediante sendos Acuerdos del Gobierno de Aragón de 23 de septiembre y de 6 de octubre de 2014, se autorizaron, para el curso 2014/2015, la impartición de los siguientes títulos de Máster Universitario: Máster Universitario en Investigación en Ciencias Agrarias y Ambientales por la Universidad de Zaragoza, Máster Universitario en Investigación Química por la Universidad de Zaragoza y Máster Universitario en Creación de Empresas Audiovisuales y Convergencia Digital por la Universidad de Lleida y por la Universidad de Zaragoza.

La Orden IIU/969/2017, de 23 de junio, en su artículo 14, establece el procedimiento para la supresión de enseñanzas universitarias oficiales y dispone que las solicitudes de autorización para la supresión de enseñanzas no están sujetas a plazo de presentación, pero la universidad responsable debe presentar su propuesta de supresión de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 y conforme al modelo que figura en el anexo III.

De conformidad con el artículo 14.2, la solicitud deberá ser razonada e incluirá las medidas adoptadas para garantizar los derechos académicos de los estudiantes que se encuentren cursando dichos estudios, así como el curso académico a partir del cual se iniciará el proceso de supresión.

En este sentido, se debe considerar que, conforme establece el artículo 9.b) del Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios, las universidades deberán prever los mecanismos que garanticen la finalización de los estudios de los alumnos que, con un aprovechamiento académico suficiente, los hubieran iniciado en ellas "tanto en el caso de extinción de alguna de las titulaciones impartidas, bien por decisión de la propia universidad, bien por no renovación de la acreditación del título".

De conformidad con todo lo anterior, el Rector de la Universidad de Zaragoza solicitó, con fecha de entrada de 17 de noviembre de 2017, la supresión de los tres citados títulos de Máster Universitario. En el citado escrito, se acompaña como documentación Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, de 28 de junio de 2017, por el que se suprimen los tres títulos de Máster de referencia, así como informe del Consejo Social, de 2 de noviembre, por el que se aprueba dicha supresión.

Respecto al Máster Universitario en Investigación en Ciencias Agrarias y Ambientales por la Universidad de Zaragoza y al Máster Universitario en Investigación Química por la Universidad de Zaragoza, se indica en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad que, desde su verificación, han estado en situación de suspensión por no alcanzar el número mínimo de estudiantes matriculados. Respecto al Máster Universitario en Creación de Empresas Audiovisuales y Convergencia Digital por la Universidad de Lleida y por la Universidad de Zaragoza, se señala que se trata de un Máster coordinado por la Universidad de Lleida que nunca ha llegado a impartirse y cuyo convenio ha sido denunciado por la universidad coordinadora.

Asimismo, se pone de manifiesto que, dado que no existen alumnos matriculados en dichos másteres, no es necesario adoptar medidas que garanticen los derechos académicos de los estudiantes. Por todo ello, se acordó, a propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad y previo informe favorable del Consejo Social, solicitar la supresión de las tres titulaciones referidas.

De acuerdo con lo anterior, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 14.4 de la citada orden, la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón, con fecha 5 de diciembre de 2017, ha emitido informe favorable relativo a la propuesta de supresión de los tres títulos de Máster Universitario citados.

Al mismo tiempo, es necesario indicar que la propuesta de supresión de dichas enseñanzas es compatible con los principios y requisitos que guían la programación de enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón, para el período 2016-2019, aprobados por Acuerdo de 27 de octubre de 2015, del Gobierno de Aragón.

En virtud de todo lo anterior, a propuesta de la Consejera de Innovación, Investigación y Universidad y, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 20 de febrero de 2018, se adopta el siguiente

ACUERDO

Autorizar la supresión de los siguientes títulos de Máster Universitario: Máster Universitario en Investigación en Ciencias Agrarias y Ambientales por la Universidad de Zaragoza, Máster Universitario en Investigación Química por la Universidad de Zaragoza, y Máster Universitario en Creación de Empresas Audiovisuales y Convergencia Digital por la Universidad de Lleida y por la Universidad de Zaragoza, a partir del curso académico 2017-2018.

Este Acuerdo producirá sus efectos desde la fecha de su adopción y será publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", y trasladado al Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).